¿Autónomo o constituyo una sociedad?
Dentro del ámbito del derecho tributario, esta consulta es muy frecuente, es importante que un abogado o abogada fiscalista pueda contestar a la misma, y es que un autónomo no sabe si realmente le está compensando tributar en el IRPF o bien sería conveniente constituir una sociedad y así pagar menos impuestos.
Por eso, en este post vamos a repasar las principales cuestiones que se plantean ante esta cinscunstacia, con asesoramiento especializado, a través de un abogado fiscalista que marca la diferencia.
¿Qué significa ser autónomo, y qué constituir una sociedad?
La constitución de una sociedad no es un tema baladí, requiere de una serie de requisitos que es importe conocer y sobre todo realizar adecuadamente.
Lo primero que tiene que tener en cuenta una persona que se plantea esta situación es que debe ponerse en manos de un especialista para que le asesore y le estudio su caso de manera individualizada, de tal manera que lo que este post vamos a indicar es generalista y por eso, yo como abogada fiscalista recomiendo que cada caso sea valorado de forma pormenorizada.
En líneas generales, cuando una persona comienza a desarrollar una actividad económica se le recomienda que empiece como autónomo, ¿por qué? Porque es más sencillo el trámite burocrático, de tal manera que no requiere de tantos requisitos como la constitución de una sociedad.
Darse de alta como autónomo a nivel fiscal, no conlleva más trámite que cursar lo que llamamos el alta censal, que consiste en rellenar el modelo 036 (Ordinario), 037(simplificado), el que proceda en cada caso, y a través de dicho alta, se establece el epígrafe en el que va a quedar encuadrada nuestra actividad, y de ahí derivarán las obligaciones tributarias que correspondan, tales como emitir facturas para repercutir IVA, realizar pagos a cuenta del IRPF, etc…y el beneficio que obtengamos por dicha actividad lo declararemos en nuestra renta.
Sin embargo, constituir una sociedad es algo más complicado, y costoso, ya que primero debemos elegir qué tipo de sociedad es la que más nos conviene, valorarlo desde un punto de vista mercantil, ver qué tipo de responsabilidades queremos asumir, y tras dicha valoración, acudir a un Notario para que redacte en Escritura Pública los estatutos de la misma, y posteriormente se proceda a su inscripción en el Registro Mercantil.
Debemos presentar anualmente el Impuesto sobre Sociedades, así como el resto de modelos a los que esté obligada a presentar la sociedad y depositar las cuentas anuales, en el Registro Mercantil, lo que hace que sea más tedioso que ser autónomo.
¿Cuándo me compensa constituir una sociedad en vez de tributar en el IRPF?
Normalmente el corte está en torno a unos 65.000/67.000 netos anuales.
Tal y como ya he indicado anteriormente, hay que estudiar cada caso concreto, ya que hay que ver el conjunto de rentas que tiene una persona, esto es, que puede tener rendimientos derivados de su actividad, pero también rendimientos de inmueble alquilados, por lo que en ambos casos, dichos rendimientos van a la base general y en ese caso habría que estudiar cuánto percibe de cada uno, para valorar la constitución de la sociedad.
En este post, nos vamos a centrar exclusivamente en rendimientos derivados de la actividad, y por ello cuando el ingreso menos el gasto de la actividad está por encima de los 65.000 euros, ya podemos plantearnos ponernos en manos de un abogado fiscalista para que nos haga un estudio de la conveniencia o no de constituir la sociedad.
Cosas a tener en cuenta de tributar por sociedades y no en IRPF
Me parece fundamental destacar que, si constituyo una sociedad y facturo a través de la misma, el beneficio que se obtiene, es de la sociedad, no es de la persona física que la constituye, por lo que no puedo disponer libremente de los bienes de la misma, esto es, que si yo quiero sacar el dinero de la sociedad, tengo que hacerlo vía retribución dineraria como renta del trabajo. O actividad económica, vía dividendos, o retribuyendo el cargo de Administrador, por lo que ojo, porque eso en mi declaración de la renta como persona física también va a tener un impacto y voy a tener que tributar por ello.
De tal manera que la sociedad tiene personalidad jurídica propia, independiente de la persona física que la constituye, y el fundamento de la misma es una visión a futuro.
Y ¿cómo saco ese dinero de la sociedad?, ¿cuál es la mejor opción?,
Nuevamente debemos destacar que hay que estudiar cada caso de forma individualizada y valorar qué opción sería la más adecuada, si por rentas del trabajo, actividades económicas, retribución al Administrador, dividendos, etc…
Es importante destacar que, si es vía si por rentas del trabajo, actividades económicas, retribución al Administrador, las rentas van a la base general y por ello tributan de forma progresiva, cuanto más cobro más pago, mientras que si lo hago vía dividendos iría a la base del ahorro cuya tributación sería en función de la siguiente escala:
Por eso, es importante ver la renta del interesado y hacer el cálculo matemático para elegir la opción más favorable fiscalmente hablando.
La ventaja de contar con un abogado fiscalista
Lo cierto es que cada una de estas cuestiones, no es algo que deba tomarse a la ligera ni es tan sencillo como podría parecer. Requiere de un conocimiento profundo de la normativa y de ahí que contar con un abogado, abogada fiscalista suponga un acierto seguro, resolviendo todas las dudas fiscales sobre cada una de las cuestiones planteadas y es ahí donde yo entro a ayudarte.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si quiere constituir una sociedad?
Tener claro qué actividad voy a desarrollar y que un abogado fiscalista te redacte los estatutos que dejen claras todas las cuestiones relativas a la sociedad.
¿Mejor autónomo, mejor sociedad?
Cuando se inicia una actividad de 0, es mejor empezar como autónomo, para saber cómo va a ir el negocio, y si veo que va bien me planteo constituir la sociedad.
¿Es difícil constituir una sociedad?
No, con la ayuda de un abogado fiscalista, es muy sencillo.
